En el caso de que seas propietario o quieras vender un inmueble, debes conocer todas las claves acerca del IBI en Madrid. Es uno de los impuestos más conocidos e importantes que se paga de manera anual. A continuación, te explicamos quién debe pagar este impuesto y cómo funciona en Madrid, para que como propietario lo tengas todo bajo control. ¡Vamos allá!

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¿Qué es el IBI?

Seguro has escuchado sobre el Impuesto de Bienes Inmuebles, es decir, el IBI que es un tributo que grava la titularidad de los derechos sobre un bien inmueble. El IBI es un impuesto municipal, por lo tanto el organismo responsable de la gestión de este tributo es el ayuntamiento de cada municipio.

Tipos del Impuesto sobre Bienes Comunes

En Madrid existen tres tipos de IBI, es importante que sepas a qué tipo de IBI pertenece tu inmueble para calcular la cantidad que deberás pagar. Estos son los tipos:

  • De naturaleza rústica: Su porcentaje es del 0,56% y engloba aquellos terrenos en los que no se puede edificar de manera legal.
  • De naturaleza urbana: Tiene un porcentaje del 0,47%, y son todos aquellos inmuebles que están en un terreno urbanizable.  
  • De características especiales: Su porcentaje es del 1,14% y son los suelos, edificios e instalaciones que funcionan como una unidad, por ejemplo los aeropuertos o las centrales nucleares.

¿Quién debe pagar el IBI? 

Según la norma general, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles lo debe pagar todo propietario de un inmueble, tal y como queda reflejado en el artículo 20.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.

En el caso de un alquiler, el IBI lo debe seguir pagando el propietario y no el inquilino ya que el inmueble pertenece al propietario. 

Sin embargo, hay inmuebles que están exentos de pagar el IBI:

  • Inmuebles que son propiedad del Estado
  • Edificios de organismos oficiales y de la Iglesia católica
  • Terrenos por los que pasa una línea de ferrocarril
  • Monumentos del Patrimonio Histórico Español

IBI en Madrid

| Lectura recomendada: ¿Cómo consultar y pagar el IBI?

¿Cómo se paga el IBI en Madrid? 

Para pagar el IBI en Madrid puedes hacerlo de dos maneras diferentes:

  • En primer lugar, puedes solicitar al ayuntamiento de Madrid que domicilie el pago de manera automática.
  • Por otro lado, puedes hacerlo por internet. Deberás tramitar el pago del impuesto a través de la sede virtual del ayuntamiento. Para tramitarlo, debes acceder a la Oficina virtual de tributos, registrarte y completar todos los datos que te pidan para poder realizar el pago. 
  • Si escoges pagar el impuesto de manera presencial, debes solicitar cita previa en algunas de estas oficinas:

– Oficinas de Atención a la Ciudadanía de Línea Madrid

– Oficinas de Atención Integral al Contribuyente (OAIC)

– Oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid

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¿Cuándo se paga el IBI en Madrid?

El Ayuntamiento de Madrid cobra de manera automática el IBI el 1 de enero de cada año. No obstante, los madrileños tienen la posibilidad de pagar el impuesto de manera voluntaria entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre. 

| Lectura recomendada: ¿Cómo ver el recibo del IBI por internet?

Cálculo del IBI en Madrid

El IBI es un impuesto que corre en manos del ayuntamiento de cada municipio, y es el encargado de fijar el importe de este tributo. Sin embargo, existen maneras que pueden ayudarte a realizar una aproximación real sobre el importe para que no te pille desprevenido el día del pago. El pago del IBI en Madrid se determina a partir de:

  1. El Valor catastral

El valor catastral es un indicador que se determina anualmente en todos los municipios. Es un dato que nos proporciona una valoración objetiva de un inmueble a partir de su ubicación, los metros cuadrados de construcción o los metros del terreno. 

  1. El porcentaje sobre el valor catastral

Al tener determinado el valor catastral de tu inmueble, se le añade un tipo impositivo que ofrece la Agencia Tributaria. Es un porcentaje que ronda entre el 0,4% y el 1,3% del total del valor catastral, dependiendo de lo que haya seleccionado cada ayuntamiento.

Cuando tengas el valor catastral y el porcentaje, para obtener el cálculo del IBI debes dividir la cantidad del valor catastral entre el porcentaje, y te dará como resultado el impuesto a pagar al ayuntamiento. 

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